El paciente asiste a su consulta médica y recibe su prescripción y el MIPRES (si es paciente de EPS) para una preparación magistral con derivados de cannabis no controlados (CBD).
Si el paciente es de Famisanar o Mutual Ser, debe dirigirse a la Droguería Zerenia y radicar la prescripción y el MIPRES. Si es paciente particular o paciente prescrito por médico externo (de EPS o particular), únicamente debe radicar su prescripción y realizar el pago.
El personal de la Droguería Zerenia verifica en la plataforma de la EPS Famisanar- Mutual SER los derechos del paciente para verificar la categoría y el tipo de usuario.
Si el paciente es beneficiario, el personal de la Droguería Zerenia le indica el valor que debe cancelar por la preparación magistral y le pregunta si va a retirar el medicamente presencialmente o requiere que lo envíen a domicilio. Si el paciente indica que se le envíe a domicilio, debe firmar una autorización y cancelar el valor indicado
A las 24 horas de la radicación, el personal de la Droguería Zerenia deberá validar en la plataforma de Famisanar – Mutual SER si ya está direccionado el MIPRES correspondiente a la prescripción del paciente.
El personal de la Droguería Zerenia organiza el paquete verificando que los documentos guarden relación entre sí y que estén vigentes (menor a 30 días), se le coloca fecha y se folian. Cuando es paciente de EPS, el paquete debe incluir autorización, MIPRES, prescripción médica, copago si corresponde, pago de envío a domicilio si corresponde, y el formato de autorización.
El personal de la Droguería Zerenia carga el paquete de documentos en la plataforma de producción y elabora la orden de producción.
El personal de la Droguería Zerenia realiza una última validación de la documentación y envía una relación de todas las preparaciones magistrales enviadas a producción.
El personal de la Droguería Zerenia envía relación de las ordenes de producción al laboratorio.
Una vez el personal de la Droguería Zerenia recibe las preparaciones magistrales por parte del laboratorio, se comunica con los pacientes que informaron el retiro presencial del producto y programa el retiro.
El personal de la Droguería Zerenia alista las preparaciones magistrales que serán enviadas a domicilio y las entrega al operador logístico para que este programe las entregas. Si el envío es en Bogotá, el medicamento llegará a la dirección de entrega entre 5 y 8 días hábiles; si es a nivel nacional, tardará entre 8 y 15 días en llegar.
Para entregas presenciales, la fórmula magistral estará lista para entrega 3 días hábiles luego de la radicación.
Acércate a la Droguería Zerenia con tu prescripción y el MIPRES (Si eres paciente Famisanar o Mutual SER). El personal de la droguería verificará tu categoría y tipo de usuario.
Si eres beneficiario, te informarán el valor que debes cancelar. Debes informar si vas a retirar tu fórmula magistral presencialmente o necesitas que la envíen a domicilio. Para el envío a domicilio debes firmar una autorización y cancelar el valor que se te indique.
Una vez esté lista tu fórmula magistral, el personal de la droguería se pondrá en contacto contigo para programar el retiro o el envío del medicamento.
Si vas a recibir el medicamento a domicilio, este deberá llegar a la dirección de entrega entre 5 y 8 días hábiles, si es en Bogotá. Si el envío es a nivel nacional, tardará entre 8 y 15 días en llegar.
Si vas a recibir el medicamento a domicilio, este deberá llegar a la dirección de entrega entre 5 y 8 días hábiles, si es en Bogotá. Si el envío es a nivel nacional, tardará entre 8 y 15 días en llegar.
“(…ARTÍCULO 89.- El Recetario Oficial debe
contener como mínimo los siguientes datos:
Codificación
Nombre del prescriptor, dirección y teléfono
Fecha de expedición de la prescripción
Nombre del paciente, dirección y número de documento de identidad si es el caso
Denominación Común Internacional de medicamento, concentración y forma farmacéutica, cantidad total en números y letras y dosis diaria (frecuencia de administración), vía de administración y tiempo de tratamiento
Firma del prescriptor con su respectivo número de registro profesional…
Adicionalmente en el artículo 90 también se especifican consideraciones para estos recetarios oficiales:
“(…ARTÍCULO 90.- La fórmula médica debe ser única para los medicamentos de control especial. En ella no deben prescribirse otros medicamentos diferentes a los sometidos a control especial. Una vez dispensado el medicamento se deberá colocar sello de dispensación en la prescripción correspondiente…)”